Si tus hijos nacieron en Estados Unidos y les quieres tramitar la doble nacionalidad en México es indispensable que su Acta Americana este Apostillada.
El Apostilla de Estados Unidos se realiza directamente en las llamadas Oficinas del Secretario de Estado (Secretary of State) de cada uno de los Estados de la Unión Americana, cuya dirección y teléfono pueden consultarse aquí: Autoridades Apostillantes en los Estados Unidos de América.
Es decir, si tu hijo nacio en Los Angeles, el Apostilla se tiene que tramitar en el Estado de California, si nacio en Dallas, el Apostilla se debe realizar en el estado de Texas.
Apostillar un documento consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades.
Para realizar este trámite desde México, el interesado puede elegir entre las siguientes dos opciones:
Vía directa
El trámite se puede solicitar directamente ante la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente, (consultar enlace), presentando el documento original y el pago por este servicio, mismo que cada Oficina establece. Cabe mencionar que dado que este trámite no es personal, puede realizarlo una persona de la confianza del interesado.
Vía postal
- Hacer solicitud al domicilio de la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente, para lo cual deberá:
- Comprar un Money Order (orden de pago) por la cantidad a la que corresponda al pago por este servicio, más $2.00 USD extras para cubrir el costo de los timbres de correo, a nombre de: OFFICE OF THE SECRETARY OF STATE.
- El sobre dirigido a la Office of the Secretary of State debe contener:
- – Documento original
- – Carta solicitando el trámite (en inglés)
- – El money order (orden de pago), que puede ser adquirida en casas de cambio y debe expedirse a nombre de OFFICE OF THE SECRETARY OF STATE.
- – Un sobre adicional con el domicilio en México al cual quiere que se envíe el documento apostillado.
- Una vez que se cuente con el documento apostillado, en México se deberá traducir al español por un perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado que corresponda.
- En el caso de las actas de nacimiento, de matrimonio y defunción, es necesario gestionar la inserción de datos ante el Registro Civil Mexicano.
Documentos expedidos por autoridades mexicanas y que surtirán efecto en otros países.
En el caso de los documentos públicos mexicanos que deban ser utilizados en Estaados Unidos, deberán apostillarse en la oficina que corresponda atendiendo a los siguientes criterios:
- Los documentos expedidos en cualquier Estado de la República Mexicana, deberán apostillarse en la Secretaría General de Gobierno de cada Estado
- Los documentos federales deberán ser apostillados por la Secretaría de Gobernación.
- Los documentos expedidos por autoridades del Distrito Federal, deben apostillarse en la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Gobierno del Distrito Federal.