En estatuto, sí. En la práctica (por ahora), no. Al igual que muchos otros estados, Florida tiene una serie de leyes en los libros que limitan o «limitan» ciertos daños que están disponibles para un demandante de negligencia médica que ha tenido éxito en una demanda contra un médico u otro profesional de la salud.
Como es cierto en la mayoría de los estados, los límites de daños por negligencia médica de Florida se aplican solo a los daños no económicos de un demandante. Eso significa compensación por cosas como dolor y sufrimiento, angustia mental, ansiedad, pérdida de compañía, cicatrices, desfiguración y otras pérdidas subjetivas derivadas de la negligencia del acusado. Estas tapas no se aplican a los daños económicos de un paciente lesionado. En otras palabras, no hay límite en la cantidad de compensación que un demandante por negligencia médica puede recuperar por la atención médica pasada y futura requerida por la negligencia, pérdida de ingresos, pérdida de capacidad de ingresos futuros y cualquier otra pérdida económica mensurable atribuible a la negligencia del demandado.
Florida también utiliza diferentes tapas para» médicos «(casos que involucran errores de médicos y otros proveedores de atención) en comparación con acusados» no profesionales». En demandas por negligencia médica contra profesionales, el estatuto de Florida (Fla. Stat. § 766.118) establece el límite en 5 500,000 en la mayoría de los casos. Sin embargo, el tope sube a $1 millón si la negligencia causó la muerte o un estado vegetativo, o en ciertos casos que involucran lesiones catastróficas con daños no económicos particularmente graves. En los casos que involucran a acusados no profesionales, la ley limita los daños no económicos a $750,000 o $1.5 millones.
Sin embargo, en una decisión de junio de 2017, la Corte Suprema de Florida dictaminó que los límites establecidos por este estatuto son inconstitucionales. En North Broward Hosp.Dist. v. Kalitan, el tribunal de apelación más alto del estado encontró que los límites «reducen arbitrariamente las indemnizaciones por daños para los demandantes que sufren las lesiones más drásticas», porque el mismo límite de $1 o 1 1.5 millones en la Florida. Stat. § 766.118 se aplicaría a alguien que pierde una mano (lo que cuenta como una lesión catastrófica en la definición de la ley) y a alguien que se queda en un estado vegetativo permanente. Por lo tanto, la ley violó la cláusula de igual protección de la constitución de Florida.
por: David Goguen, J. D.