¿Qué Tipos de Planes 403(b) Están Sujetos a ERISA?
403(b) los planes son comúnmente utilizados por las organizaciones exentas de impuestos para proporcionar beneficios de jubilación para sus empleados. En general, los planes establecidos o mantenidos por organizaciones privadas exentas de impuestos están sujetos a ERISA (los planes gubernamentales y de iglesias no electoras siempre están exentos).
Sin embargo, siempre ha habido preguntas sobre la cobertura ERISA para planes financiados solo con contribuciones de los empleados. En 1979, el Departamento de Trabajo emitió el Reglamento de Exención. eso proporcionó una exención de puerto seguro del Título I de ERISA para ciertos planes 403 (b). Hay cuatro requisitos bajo el puerto seguro y todos deben cumplirse para reclamar una exención de ERISA:
- La participación debe ser voluntaria.
- Todos los derechos bajo los contratos de anualidades o las cuentas de custodia deben ser exigibles por el empleado o beneficiario (no por el empleador).)
- La participación del empleador debe limitarse a determinadas actividades restringidas.
- El empleador no debe recibir ninguna compensación directa o indirecta por mantener el plan que no sea un reembolso razonable de los gastos incurridos para operar el plan.
¿POR QUÉ LA CONFUSIÓN?
El diseño del plan 401(a)/403(b) es común en el mercado sin fines de lucro. Cuando un empleador sin fines de lucro tiene un plan 403(b) y un plan 401(a) con contribuciones del empleador, el plan 401(a) está sujeto a los límites 415, pero el plan 403(b) tiene un límite 415 separado. Los fondos aportados al plan 403(b) en general no reducen los límites 415 para el plan 401(a) y viceversa.
En mayo de 2012, el Departamento de Trabajo emitió la Opinión Consultiva 2012‐02A, en la que se analiza cualquier plan 403(b) que forme parte de un diseño de plan de jubilación que también incluya un plan de compra de dinero 401(a) en el que el empleador base sus contribuciones al plan de compra de dinero en los aplazamientos salariales del empleado al plan 403(b). Ciertos empleadores han proporcionado una contribución equivalente a un plan calificado 401(a) para las contribuciones de reducción de salario de los empleados a un plan 403(b). Había serias dudas sobre si un plan 403(b) podía mantener la exención de ERISA en circunstancias en que una contribución a un plan 401(a) estaba condicionada a que los empleados contribuyeran al plan 403(b). Con esta Opinión Consultiva
, el Departamento de Trabajo elimina toda duda.
El Departamento de Trabajo ha declarado inequívocamente que una contribución equivalente del empleador a un plan calificado constituirá una participación suficiente del empleador con el plan 403(b) para descalificar la confianza en el puerto seguro proporcionado en las regulaciones. El Departamento de Trabajo también señaló que dicho diseño del plan cuestionaba si la participación del empleado en el plan 403(b) era completamente voluntaria, otro requisito del puerto seguro.
Sin embargo, el Departamento de Trabajo declaró que » el plan 403(b) no falla en cumplir con el «puerto seguro» simplemente porque el empleador mantiene un plan separado calificado según la sección 401(a) del Código. El cumplimiento del puerto seguro tampoco impide que un empleador tome en cuenta la participación de los empleados en el plan 403(b) (incluidas las contribuciones de reducción de salario) para garantizar que las contribuciones del empleador al otro plan cumplan con los requisitos de calificación fiscal del Código.»