Riley v. California – 134 S. Ct. 2473 (2014)

Resumen del caso de la Escuela de Derecho

Regla:

La Corte Suprema de los Estados Unidos, por supuesto, no sostiene que la información en un teléfono celular sea inmune a la búsqueda; en cambio, generalmente se requiere una orden judicial antes de tal búsqueda, incluso cuando se incaute un incidente de teléfono celular para arrestarlo. Los casos de la Corte Suprema han reconocido históricamente que el requisito de la orden judicial es una parte importante de nuestra maquinaria de gobierno, no simplemente un inconveniente que de alguna manera se debe «sopesar» contra las afirmaciones de eficiencia policial.

Hechos:

Estos dos casos involucraron un registro por parte de policías en los respectivos teléfonos celulares de las personas que arrestaron. En un caso, el peticionario Riley fue detenido por una infracción de tránsito, lo que finalmente llevó a su arresto por cargos de armas. En el segundo caso, el demandado Wurie fue arrestado después de que la policía lo observara participar en una aparente venta de drogas. A ambos acusados se les confiscaron sus teléfonos celulares, a los que los policías accedieron para obtener pruebas incriminatorias. Esto llevó a su condena. Ambos acusados sostienen que cualquier prueba obtenida al acceder a sus teléfonos celulares sin una orden de registro debería haber sido inadmisible como prueba.

Cuestión:

Si la policía puede, sin una orden judicial, buscar información digital en un teléfono celular incautado a una persona que ha sido arrestada.

Respuesta:

No.

conclusión:

La Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo unánimemente que los oficiales de policía generalmente no podían, sin una orden judicial, buscar información digital en los teléfonos celulares incautados a los acusados como incidente de los arrestos de los acusados. Si bien los agentes podían examinar los aspectos físicos de los teléfonos para asegurarse de que no se utilizaran como armas, los datos digitales almacenados en los teléfonos no podían utilizarse por sí mismos como arma para dañar a los agentes que los arrestaron o para efectuar la fuga de los acusados. Además, no se demostró que existiera la posibilidad de que se destruyeran pruebas mediante el borrado a distancia o el cifrado de datos, lo que podría contrarrestarse desactivando los teléfonos. Además, la inmensa capacidad de almacenamiento de los teléfonos móviles modernos planteaba problemas de privacidad con respecto al alcance de la información a la que se podía acceder en los teléfonos.

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